abril 1, 2026
Chañaral
Internacional

Suspenden 82 artículos: justicia frena reforma laboral de Milei

La justicia de Argentina asestó un significativo golpe a la administración de Javier Milei al ordenar la suspensión de 82 artículos de su controvertida reforma laboral. Esta medida fue dictada tras acoger una cautelar presentada por la Confederación General del Trabajo (CGT), la principal central obrera del país, marcando un freno judicial a una legislación clave del gobierno.

El juez laboral Raúl Ojeda fundamentó su decisión en la existencia de indicios de regresividad en materia laboral, la afectación de principios constitucionales y el riesgo de daños irreparables. La suspensión provisoria recae sobre artículos que introducen cambios sustanciales en el régimen laboral argentino, según el dictamen judicial.

Entre los 82 artículos que quedan sin efecto temporalmente, se encuentran aquellos que buscan limitar el derecho a huelga, estableciendo restricciones para la realización de asambleas. También se ven afectados los que habilitan sanciones contra conductas gremiales e incluso prevén la eliminación de la personería jurídica para sindicatos, entre otras disposiciones.

El fallo del juez Ojeda también suspende artículos que inciden directamente en el derecho de negociación colectiva. Asimismo, quedan en pausa las modificaciones relativas a los períodos de prueba, la forma de computar los años de antigüedad y los criterios para el cálculo de las indemnizaciones.

La resolución judicial deja sin efecto, de manera temporal, la derogación de la ley de teletrabajo. Además, suspende los artículos que limitan la responsabilidad de las empresas que utilizan mano de obra tercerizada y aquellos que califican como “prestadores independientes” a los trabajadores de plataformas tecnológicas, temas de alta sensibilidad en el ámbito laboral actual.

Según la demanda interpuesta por la CGT, la reforma establecía “modificaciones peyorativas y permanentes” que vulneraban de forma ostensible derechos constitucionales esenciales, incluyendo la protección ante el despido y la libertad sindical, argumentos que fueron reconocidos por el magistrado.

En respuesta, el Ministerio de Capital Humano de Argentina emitió un comunicado anunciando que apelará el fallo. Aseguró que “se agotarán todas las instancias judiciales necesarias para garantizar la plena vigencia” de la nueva ley, considerándola una “expresión inequívoca de la voluntad legislativa y mandato de la actual gestión de gobierno”.

El comunicado ministerial también rechazó “los intentos de quienes, priorizando intereses corporativos y sectoriales, pretenden obstaculizar las reformas necesarias para superar el desempleo y el estancamiento que caracterizaron etapas anteriores de nuestra historia”, evidenciando la postura firme del gobierno ante la decisión judicial.

Esta medida cautelar, por la cantidad de artículos afectados, se posiciona como una de las más relevantes dictadas hasta ahora contra la reforma laboral. Previamente, la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) ya había logrado la suspensión de artículos que limitaban la vigencia de los convenios colectivos y la financiación sindical.

La controvertida norma también ha motivado al menos cinco fallos de distintos jueces locales que rechazaron un artículo específico que modifica el cálculo de las indemnizaciones. La reforma laboral fue aprobada por el Congreso el 27 de febrero y promulgada días después, en un contexto de constantes manifestaciones y una huelga general convocada por la CGT, lo que subraya la tensión social y política que rodea a esta legislación.





Fuente: Diario el día

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