Desde el año 2023, nuestro país cuenta con la Ley para el Pago Efectivo de Pensiones de Alimentos, o ‘Ley Papito Corazón’, la cual creó dos mecanismos para que los tribunales puedan ordenar el pago de la deuda desde cuentas bancarias, instrumentos financieros y fondos de pensiones.
A dos años de su implementación, 314.000 familias han podido recibir los montos adeudados. Sin embargo, y según datos del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, más de 285 mil personas figuran aún como deudoras en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos. De ellas, 271.600 son hombres y 13.543 mujeres.
¿Para qué sirve el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos?
Este registro sirve para disponer de medidas para el pago, respecto de deudores/as que deben pensión de alimentos por 3 meses consecutivos o 5 discontinuos, cuando una resolución judicial así lo ordene.
¿Cómo se ingresa? Mensualmente, el tribunal de familia le ordena al Registro Civil que inscriba a la persona alimentante, que es deudora, en este Registro Nacional. La resolución y liquidación se notifica a las partes interesadas de manera electrónica y pueden ser objetadas en un plazo de 3 días. Si la persona deudora no objeta o no paga la deuda, es inscrita al registro.
¿Cuáles son las consecuencias de estar en este registro?
-En el caso de la venta de inmuebles o vehículos motorizados, el Conservador de Bienes Raíces o el Registro Civil, respectivamente, podrán inscribir la transferencia, sólo en la medida que se acredite que, con las ganancias de la venta, se pagarán los alimentos adeudados.
-En la etapa de la devolución de impuestos producto de la Operación Renta, la Tesorería General de la República podrá retener el dinero a las personas deudoras de pensión de alimentos.
-Las personas deudoras de pensiones de alimentos no podrán renovar sus licencias de conducir ni tampoco sus pasaportes. En casos calificados, deberán acreditar al tribunal la necesidad indispensable de tales documentos (por ejemplo, porque los necesitan para la generación de ingresos, vigencia limitada, garantía de pago).
-Cuando alguno de los 3 poderes del Estado realice contrataciones o ascensos, al deudor de pensión de alimentos se le retendrá un porcentaje de su sueldo para pagar la deuda. Esto es aplicable también a los cargos de elección popular y a los cargos que se concursan por el sistema de Alta Dirección Pública (ADP).
-Las personas que están obligadas a realizar Declaración de Intereses y Patrimonio deberán declarar sus deudas alimenticias.
-Para evaluar la idoneidad que se realiza a los solicitantes que postulen a la adopción de un niño, niña o adolescente, se verificará que dichas personas no se encuentran inscritas en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.
¿Cómo puede el deudor salir del Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos?
Para salir del Registro Nacional de Deudores, la persona alimentante tendrá que pagar la totalidad de la deuda de pensión de alimentos o suscribir un acuerdo de pago serio y suficiente para saldar lo adeudado. Además de pagar, tendrá que solicitar al tribunal salir del registro.
Nuevos montos de la pensión de alimentos
Como el sueldo mínimo aumentó en mayo, los montos mínimos de la pensión de alimentos también lo harán.
Para un solo hijo: La pensión mínima se establece en $215.600 mensuales, lo que corresponde al 40% del nuevo sueldo mínimo.
Para dos o más hijos: 30% del sueldo mínimo por cada hijo, lo que equivaldrá a $161.700 pesos por cada hijo.
Recordar que estos son los montos mínimos, por lo que pueden variar de caso a caso dependiendo del fallo del juez y las disposiciones de la ley.

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